La nueva normativa establece el cobro obligatorio de un precio por bolsa de plástico ligera de entre 3 y 30 céntimos también para los negocios hosteleros.

 

Según ha informado la FEHR (Federación Española de Hostelería y Restauración), los comercios y establecimientos españoles, incluido el sector hostelero, deben cobrar las bolsas de  plástico que entreguen a los clientes. Esta medida entró en vigor el pasado 1 de julio y el precio variará de los 3 a los 30 céntimos de euro por cada bolsa.

Este decreto es resultado del traslado de la Directiva 2015/720 de la Unión Europea para la reducción del consumo de plástico en sus países miembros a la legislación española. Supone, de esta manera, la primera medida en el establecimiento del cobro obligatorio de un precio por bolsa.

Se cobrará cada bolsa de plástico ligera y con espesor igual o superior a 50 micras. Así pues, todas las bolsas de plástico, compostables y no compostables, tendrán un precio fijado por el comerciante desde el 1 de julio. Además, desde el 1 de enero de 2020 se establece la prohibición definitiva de las bolsas de plástico ligeras que no sean compostables.

Dentro de esta prohibición, se exceptúan las bolsas de plástico muy ligeras, es decir, aquellas de menos de 15 micras y definidas en el artículo 3d, el cual hace referencia a las bolsas cuyo uso «permita la reducción del desperdicio de alimentos».

En el caso de que un comercio decidiera no cobrar las bolsas de plástico a partir de enero, podría ser multado con hasta 900 euros según lo dispuesto en la Ley de Residuos y en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Ley 22/2011.

La normativa española establece un rango de precios orientativos que dependen del espesor y la materia de cada bolsa. Se clasifican en cuatro grupos:

  1. Espesor inferior a 15 micras que no estén destinadas a graneles o reducción del desperdicio alimentario. Su precio será de 5 céntimos de euro por bolsa
  2. Espesor entre 15 y 49 micras, cuyo precio se establece en 15 céntimos de euro por bolsa.
  3. Espesor igual o superior a 50 micras. Se cobrará 15 céntimos de euro por bolsa.
  4. Espesor de más de 50 micras y entre el 50% y el 70% reciclado. Su precio se fija en 10 céntimos de euro por bolsa.

Esta medida va a tener una clara repercusión en el sector hostelero. Son muchos los restaurantes y bares que cuentan con servicio a domicilio donde los platos van envueltos dentro de bolsas de plástico. En estos casos, las bolsas deberán constar en la factura que entreguen al consumidor.

Sin embargo, existirán variaciones respecto al cobro, pues los hosteleros deben cobrar una cantidad por cada bolsa de plástico que proporcionen. El precio de las bolsas deberá figurar siempre en el ticket que se entrega al cliente.

Asimismo, los establecimientos y comercios tienen la obligación de exponer al público en un lugar visible un cartel informativo que explique que van a cobrar las bolsas de plástico y su precio, haciendo alusión al Real Decreto nº 293/2018 de 18 de mayo e incluyendo el texto del cumplimiento de las obligaciones.

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