Esta posibilidad se desarrolla en el marco del convenio de colaboración suscrito entre la Asociación de Cafés y Bares de Zaragoza y Provincia y el Área de Cultura del Ayuntamiento de Zaragoza. Como requisito principal, las barras se autorizarán en la fachada o emplazamientos inmediatos de establecimientos con una acera de más de cuatro metros de anchura y que dispongan de licencia de apertura concedida o en trámite. En calles peatonales será necesario estudiar las solicitudes atendiendo a cada ubicación.
Fechas y plazo de solicitud
La instalación estará autorizada del viernes 9 al domingo 18 de octubre de 2026, ambos incluidos. El plazo para presentar las solicitudes comenzó el 24 de agosto y finalizará el 18 de septiembre de 2026 a las 14:00 horas.
Las barras deberán cumplir las condiciones establecidas en materia de ubicación, seguridad, limpieza y servicio. Entre ellas, cada módulo podrá tener una longitud máxima de 2 metros y el conjunto de barra y espacio ocupado por el personal no podrá exceder de 2 metros desde la línea de fachada.
La documentación para tramitar la autorización deberá presentarse en la Asociación de Cafés y Bares, incluyendo, entre otros documentos, la solicitud y declaraciones responsables correspondientes, seguro de Responsabilidad Civil, plano o croquis de situación, acreditación de la licencia de apertura y listado de alérgenos.
Toda la información relativa a requisitos, condiciones generales, obligaciones, documentación y tarifas puede consultarse en el documento completo disponible a continuación.