POSICIONAMIENTO DE LA ASOCIACION PROFESIONAL DE EMPRESARIOS DE CAFÉS, BARES Y SIMILARES SOBRE EL AUTO DEL TSJA, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE DESESTIMA LA SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARÍSIMAS POR PARTE DE LAS MISMAS Y POR PARTE DE LA ASOCIACION PROFESIONAL DE EMPRESARIOS DE SALAS DE BAILE Y DISCOTECAS EN RELACION A LA APLICACIÓN DE LA ORDEN SAN/1180/2021, DE 28 DE DICIEMBRE.

1. La Asociación reafirma, en primer lugar, su compromiso, respeto y preocupación por la gravedad de la situación sanitaria actual, por la elevada tasa de contagios, alcanzando los 5.731 en el día de hoy, realidad que en ningún momento niega o trivializa.

2. La Asociación es una organización plural y heterogénea que integra a las diferentes tipologías de negocios hosteleros (bares, gastro bares, restaurantes, bares musicales, pubs, discotecas, etc.) y tiene entre sus fines fundacionales representar y defender los intereses colectivos del sector, intereses que siempre procura defender a través del diálogo y el consenso con los diferentes actores institucionales y sociales, siendo esta la vía de actuación ordinaria y preferente.

3. La Asociación respeta y acata, como no puede ser de otro modo, la resolución del TSJA. Coincide con el Tribunal en que, con independencia del fallo, el perjuicio económico causado era de difícil o imposible reparación, y considera que el argumento esgrimido por el mismo, afirmando que “debe compartirse la crítica que hacen las recurrentes respecto de la actuación de la Consejería de Sanidad, ya que se anunciaron en prensa el lunes 27 de diciembre las medidas que se iban a tomar y hasta el 29 por la tarde no se publicó una orden que entraba en vigor el mismo día, es decir, que se tomó la DGA día y medio para publicar la orden, pero luego no podía demorarse su entrada en vigor ni un minuto …asimismo, resulta sorprendente lo inusitado del momento de la toma de estas medidas. El 17 de diciembre se acordó por este Tribunal lo pertinente respecto del pasaporte COVID…y doce días después parece que no sirve de mucho y se implementan nuevas medidas que, dado el escaso tiempo entre su toma y sus efectos principales, causarán con seguridad importantes perjuicios”, refuerza su reivindicación acerca de la improvisación y arbitrariedad de las medidas adoptadas.

4. La Asociación exige, una vez más, que toda medida impeditiva o limitativa al desarrollo de las actividades debe ir acompañada de compensaciones económicas que garanticen el mantenimiento de las estructuras de negocios, máxime, después de más de veintiún meses. Medidas que, en todo caso, deberían ser previsibles y comunicarse con el margen temporal necesario para garantizar unas exigencias mínimas de seguridad jurídica, fundamental para la organización empresarial.

5. La Asociación no critica o cuestiona la implementación de medidas tendentes a la reducción de contagios del COVID – 19, en función de las necesidades del momento concreto, sino que las mismas no tengan carácter transversal tomando en consideración otros ámbitos o sectores en los que existe un alto grado de interacción social y acaben focalizándose, sistemáticamente, en nuestro sector, que viene sufriendo desde hace meses una campaña de desprestigio social fruto del discurso del miedo que afecta directamente al consumo en interiores, sin tener en cuenta la implementación de protocolos higiénico – sanitarios, medidas para controlar la calidad del aire y otras análogas, que garantizan la seguridad en este tipo de establecimientos, como así se evidencia en los Informes Estadísticos Oficiales.

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